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Acreditación de Domicilio ante el SII

En Iberocapital te facilitamos el proceso de acreditación de domicilio ante el Servicio de Impuestos Internos.

Si necesitas habilitar tu empresa para operaciones comerciales, podemos ayudarte a presentar la documentación adecuada, ya sea para inmuebles propios, arrendados o cedidos.

Este servicio asegura que puedas emitir documentos tributarios válidos y mantener tu negocio en plena actividad.

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    La acreditación de domicilio es un procedimiento clave para las empresas que buscan establecerse legalmente y operar dentro del marco tributario de Chile.


    ¿En qué consiste la acreditación de domicilio?

    La acreditación de domicilio es fundamental para cualquier negocio, ya que valida la ubicación desde donde operará y emitirá documentos tributarios. 


    Este trámite es esencial no solo para cumplir con las regulaciones del Servicio de Impuestos Internos en Chile, sino también para realizar transacciones comerciales y recibir beneficios fiscales adecuados.


    ¿Qué es la Acreditación de Domicilio?

    La acreditación de domicilio es el proceso mediante el cual una empresa demuestra ante el Servicio de Impuestos Internos que cuenta con un establecimiento físico válido. 


    Este puede ser un inmueble propio, arrendado o incluso cedido por otro negocio o particular.


    Requisitos para hacer la acreditación de domicilio en Chile

    Para acreditar el domicilio, generalmente se requiere la presentación de documentos que demuestren el uso autorizado de la propiedad donde se van a desarrollar las actividades de la empresa. 


    Vamos a clasificar los requisitos para acreditar domicilio en tres secciones:

    Acreditar domicilio si eres dueño del inmueble:

    Si eres el propietario del inmueble donde se va a desarrollar la actividad principal de la empresa, debes presentar documentos que certifiquen la titularidad de la propiedad para acreditar el domicilio fiscal. Estos documentos pueden incluir:


    • Certificado de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces, que verifica la propiedad.

    • Original del certificado de avalúo a nombre del contribuyente, mostrando el valor fiscal del inmueble.

    • Escritura de compra y venta, que confirma la transacción del inmueble.

    • Factura de compra del inmueble, emitida por la constructora si la propiedad es nueva.

    • Carta de la constructora o inmobiliaria, confirmando la venta y el proceso de titularidad en curso.


    Acreditar domicilio si arriendas el inmueble:

    Si el lugar donde tu empresa desarrolla sus actividades es arrendado, es esencial demostrar el acuerdo de arrendamiento a través de alguno de los siguientes documentos:


    • Contrato de arriendo firmado, que debe estar a nombre de la sociedad, no servirá si este está a nombre de alguno de los socios, debe obligatoriamente la sociedad ser la parte arrendataria.

    • Si se emiten documentos que permiten el crédito fiscal de IVA (como facturas), el contrato de arriendo debe estar firmado ante Notario o un Oficial del Registro Civil donde no haya notarios, actualmente el Servicio de Impuestos Internos también admite documentos firmados a través de Firma Electrónica Avanzada.

    • Contrato de arrendamiento con opción de compra (leasing), si aplica, presentando el documento original.

    3. Cesión de Inmuebles para Uso Comercial

    En casos donde el inmueble es cedido para uso comercial, el cesionario debe presentar:


    • Autorización escrita ante notario: Documento que confirma la cesión del uso del inmueble por parte del propietario o arrendatario.

    • Identificación del otorgante: Documento de identidad del que otorga la autorización, verificado ante notario.


    Estos requisitos aseguran que el inmueble esté correctamente registrado y cumpla con las normativas para el ejercicio de actividades comerciales.

    Requisitos para el Otorgamiento de Contratos de Arrendamiento para acreditar domicilio ante el SII en Chile


    Para acreditar el domicilio a través de un contrato de arrendamiento en Chile, este debe ser otorgado por una de las siguientes partes autorizadas:


    • Propietarios del inmueble: Personas que poseen legalmente la propiedad.

    • Mandatarios con poder suficiente: Delegados por el propietario para actuar en su nombre.

    • Arrendatarios autorizados para subarrendar: Deben mostrar también el contrato de arrendamiento principal.

    • Corredores de propiedades o representantes de empresas inmobiliarias y/o constructoras: Deben presentar una orden o mandato de los propietarios, y su relación debe ser verificable mediante documentación adecuada.

    • Representantes designados por una comunidad o sucesión: Necesitan presentar documentos que acrediten su posición, autorizados por unanimidad de los miembros implicados.


    Es importante notar que cualquier contrato que incluya cláusulas limitando el uso del inmueble exclusivamente a actividades no comerciales no es válido para acreditar domicilio fiscal.

    ¿Quiénes deben acreditar el domicilio en Chile?

    En Chile, la mayoría de las entidades y personas que realizan actividades económicas deben acreditar su domicilio ante el Servicio de Impuestos Internos. 


    Esto incluye a todas las empresas, ya sea que operen como personas jurídicas o naturales que emitan facturas. 


    Sin embargo, existen excepciones significativas para acreditar el domicilio en Chile. 


    Los profesionales que únicamente emiten Boletas de Honorarios según el Impuesto de Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, así como los organismos del Estado, están exentos de presentar antecedentes para acreditar su domicilio o el de sus sucursales. 


    Esta medida simplifica el proceso para estos grupos y les permite concentrarse en sus actividades profesionales sin la carga administrativa adicional de acreditar un domicilio.

    ¿Puedo acreditar domicilio en hogar, casa o lugar de residencia o trabajo?

    Sí, es posible acreditar tu domicilio en un hogar, casa, o lugar de residencia o trabajo, si este posee uso de suelo comercial y no residencial.
    Recuerda que podrás tramitar ante la municipalidad pertinente el cambio de uso de suelo del inmueble.

    Sin embargo, en este punto te recomendamos usar una oficina virtual.

    Una Oficina Virtual es especialmente útil para las empresas que buscan proyectar una imagen más profesional y no poseen un local comercial o inmueble donde pueden desarrollar sus operaciones.


    ¿Debo acreditar domicilio cada vez que cambie de domicilio?

    Sí, es necesario acreditar el domicilio cada vez que tu empresa cambie de ubicación. 


    Este procedimiento asegura que toda la información fiscal y legal de tu empresa esté actualizada, lo cual es crucial para recibir notificaciones y cumplir con las obligaciones tributarias correctamente.


    ¿Debo acreditar domicilio en cada una de las sucursales?

    Sí, debes acreditar el domicilio para cada una de tus sucursales. Cada ubicación donde tu empresa realice operaciones o transacciones debe tener un domicilio acreditado ante el Servicio de Impuestos Internos para garantizar el cumplimiento de las normativas locales y facilitar la gestión de asuntos fiscales.


    ¿Si tengo una bodega, debo acreditar el domicilio?

    Sí, si tienes una bodega que se utiliza en el marco de las operaciones de tu empresa, también debes acreditar su domicilio. 


    Esto es importante no solo para cumplir con las normativas fiscales, sino también para asegurar que todas las instalaciones estén debidamente registradas y autorizadas para sus funciones respectivas.

    Conclusiones sobre la acreditación de domicilio

    Asegurarte de que tu negocio cumpla con la acreditación de domicilio no solo es un requisito legal, sino una parte crucial para garantizar su funcionamiento y credibilidad. 


    Acreditar el domicilio se puede hacer de manera fácil y sencilla de manera online a través de la página del Servicio de Impuestos Internos.


    En el menú Servicios Online → Actualización de Información

    También puedes acceder directamente desde el siguiente enlace:
    https://www.sii.cl/servicios_online/1125-.html




    En ese menú encontrarás que puedes realizar varias operaciones:

    • Actualizar datos de identificación

    • Declarar activos (empresario individual)

    • Actualizar domicilio

    • Cambiar/ampliar giro o actividad económica

    • Agregar/eliminar sucursales

    • Cambiar email y/o teléfono móvil

    • Notificación por correo electrónico

    • Informar reorganizaciones empresariales

    • Certificados de inicio de actividades y otros

    • Registrar datos de contacto asesores de alto patrimonio


    Deberás seguir los pasos que te indica la página del SII y subir la documentación necesaria.


    Una vez cargados todos los documentos, deberás esperar que el SII asigne a un agente a la revisión de los documentos, el agente puede requerir más información referente al domicilio o aprobar el domicilio tributario del mismo.


    Debes tener presente que debe primar el sentido común al acreditar el domicilio, es decir, si la sociedad que pretende acreditar el domicilio es tiene por objeto la fabricación de materias primas, el domicilio debe ser apto para ejecutar esta actividad.


    Por ejemplo, una oficina virtual, normalmente no se permite para acreditar actividades de compra – venta o actividades de comercialización. A menos que acredites que tienes una bodega donde almacenas la mercancía, o que acredites que es venta calzada, es decir, que lo que recibes como mercancía lo vendes al mismo tiempo. De esta forma no tienes un lugar físico para el almacenamiento de la mercancía.


    Por otro lado, si tienes actividades de importación, atención al público, transporte, son actividades que no son compatibles con un domicilio virtual.


    Las actividades de transporte normalmente requieren que se posean estacionamientos donde se almacenan los vehículos automotores.


    Es decir, para acreditar el domicilio de empresas de transporte, de igual forma necesitarás contratos de arrendamiento del estacionamiento donde se guardarán los vehículos.


    Si quieres evitar el proceso de hacer la solicitud por tu cuenta, y así evitar enfrentar obstáculos presentados por el Servicio de Impuestos Internos, puedes contratar el Servicio de Acreditación de Domicilio con nosotros, Iberocapital.


    Con años de experiencia en el mercado, contamos con profesionales que te ayudarán a sortear las complejidades en el proceso de acreditación de domicilio. 


    Nuestros expertos pueden ayudarte a navegar por las regulaciones y asegurar que tu negocio esté perfectamente alineado con los requisitos impuestos por el Servicio de Impuestos Internos.

    Preguntas Frecuentes sobre Acreditación de Domicilio ante el SII

    Al contratar la acreditación de domicilio con Iberocapital, estás contratando el servicio de nuestros profesionales para que realicemos la acreditación por tu empresa.

     

    Ten en cuenta que, necesitamos toda la documentación para poder realizar el trámite, es decir, contratos de arriendo, de cesión, de uso o autorizaciones, documentos de propiedad.

     

    Estos documentos deben estar notariados o firmados mediante firma electrónica avanzada.

     

    Ten en cuenta que, una vez empecemos con el trámite, y subamos los documentos, el servicio se dará por prestado, aun cuando no obtengas una acreditación positiva.

     

    El trámite lo hacemos completamente online, y no incluye la presentación del servicio de forma presencial.

     

    Por lo que haremos todo lo posible para que obtengas una acreditación positiva.

     

    Por último, ten en cuenta que acreditar positivamente el domicilio depende de poseer toda la documentación correspondiente y al día.

    La contratación de este servicio no incluye el domicilio ni los contratos de arriendo necesarios para la acreditación.

     

    Tampoco incluye hacer el trámite presencialmente en las oficinas del SII.

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